En el año 2001 la oficina regional de UNIFEM en Asia y el Pacífico inició el programa Regional “Empoderamiento de las mujeres migrantes” en Indonesia, Nepal, Jordania, Sri Lanka, Filipinas y Tailandia. Dicho programa se gestó con el objetivo de visibilizar la problemática de las mujeres trabajadoras migrantes intrarregionales, principalmente aquellas vinculadas al trabajo del hogar.
El programa ha servido como catalizador en la identificación de las áreas más relevantes de intervención a nivel nacional de países de origen y destino. Como resultado de la primera etapa del proyecto se redactó y promulgó la Recomendación General 26 de CEDAW. Este instrumento tiene como objetivo “contribuir al cumplimiento por los Estados partes de la obligación de respetar, proteger y facilitar el ejercicio de los derechos humanos de las trabajadoras migratorias”. Como resultado este instrumento se incorpora al cuerpo de la CEDAW y su mandato se extiende a todas las regiones del mundo donde hay Estados que la han firmado y ratificado. La recomendación reconoce el complejo entramado de relaciones familiares, económicas, sociológicas y políticas que subyacen al fenómeno de la migración femenina, así como las crecientes inequidades de género que persisten y se refuerzan a lo largo del proceso migratorio. La recomendación hace énfasis en la dimensión de cuidados, el trabajo del hogar y las necesidades particulares de las mujeres trabajadoras migrantes. Este trabajo permite promover políticas públicas, legislación y programas que las beneficien tanto en países de origen como de acogida de las trabajadoras. El fortalecimiento de las capacidades de las mujeres migrantes así como la creación y fomento de redes entre actores y actoras ha permitido que las mujeres se encuentren más protegidas y con mejores posibilidades de luchar por sus derechos económicos sociales y políticos y mejorar así su calidad de vida.
Anteriormente, el tema de mujeres migrantes había sido abordado desde diferentes perspectivas en la Conferencia de Población del Cairo (Cap 4 punto 4.9/ cap 5 punto 5.7) la conferencia de Beijin (Cap B punto 82k/ cap I punto 225), la Conferencia de Durbán), sin embargo, muchas de estas declaraciones (con excepción de Durbán) consideraban tan solo las mujeres con estatus migratorio regular. A diferencia de éstas, la Recomendación General 26, “… se limita a la situación de las categorías de trabajadoras migratorias que, como tales, desempeñan empleos mal remunerados, pueden correr un mayor riesgo de sufrir abuso y discriminación y es posible que nunca cumplan los requisitos necesarios para obtener la residencia permanente o la ciudadanía, a diferencia de las profesionales que emigran en el país en que trabajan”.
Teniendo en cuenta la creciente relevancia de la migración internacional de mujeres de América Latina y el Caribe resulta interesante revisar la situación de esta problemática en la región, y basado en un enfoque de derechos, avanzar en el conocimiento y fortalecimiento de medidas que protejan los derechos de las trabajadoras migrantes.
En América Latina y el Caribe, el Programa regional de UNIFEM “Fortaleciendo los Derechos Humanos de las Mujeres Migrantes en América Latina y El Caribe” tiene como objetivo fortalecer los derechos y capacidades de las mujeres trabajadoras migrantes.
El proyecto "Derechos humanos de las trabajadoras migratorias. Mapeo piloto LAC sobre la Recomendación General 26 de CEDAW" se enmarca en tres fases.
La primera fase de mapeo de información, concentrada en la elaboración de diagnósticos comprehensivos sobre las medidas legales y las políticas públicas relacionadas con la situación de las mujeres trabajadoras migrantes en Guatemala, República Dominicana, Ecuador y Jamaica, como países de origen y su equivalente en los mismos países más España y Estados Unidos como países de destino.
La segunda fase promueve un diálogo político nacional en el que se socializan los diagnósticos país, en los que participan las asociaciones transnacionales de migrantes, las organizaciones de mujeres, instancias gubernamentales, organizaciones internacionales y actores claves en la protección de los derechos de las trabajadoras migrantes. A su vez se promueve la implementación de mecanismos regionales o bilaterales de cooperación y cooperación sur- sur.
La tercera fase comprende el establecimiento de planes de acción nacional a ser implementados por los Estados, así como el empoderamiento de los colectivos de mujeres trabajadoras migrantes. Este objetivo incluye la retroalimentación por parte del CEDAW, del avance que los estados reportan en sus informes periódicos, así como el trabajo conjunto con otras agencias e institutos del Sistema de Naciones Unidas, involucrado con la temática específica.
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