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El Consejo Económico y Social (ECOSOC) elige dos representantes gubernamentales de cada uno de los cinco grupos regionales de las Naciones Unidas. Estos representantes sirven en su capacidad nacional por un periodo de tres años y pueden ser reeligidos para otro término.

Durante sesiones sustantivas del ECOSOC celebradas el 10 de mayo de 2006, el 30 de julio de 2006, el 15 de diciembre de 2006, el 6 de febrero de 2007 y el 25 de abril de 2007, los siguientes Estados Miembros fueron elegidos para términos que entraron en efecto de inmediato y que finalizarán el 30 de diciembre de 2006:


pagina web
Honduras
Presidente
Embajador don Iván Romero-Martínez
Representante Permanente de Honduras ante Naciones Unidas

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República de Belarús

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República Arabe de Egipto

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República de Eslovaquia

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España

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República de Filipinas
Vicepresidente Relator

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Grenada

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Israel

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República Arabe de Siria
Vicepresidente

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República de Zimbabwe

Mandato

El UN-INSTRAW está gobernado por una junta ejecutiva compuesta por diez Estados Miembros. Estos Estados Miembros son elegidos por el Consejo Económico y Social (ECOSOC) de las Naciones Unidas por un periodo de tres años. El/la directora/a del Instituto, el Subsecretario General del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales (DAES), un representante del país anfitrión, y un representante de cada una de las comisiones regionales del ECOSOC sirven como miembros ex oficio de la junta.

Funciones

La junta Ejecutiva se reúne anualmente en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York a fin de:

  • Formular los principios, políticas, y lineamientos para el trabajo del Instituto.
  • Examinar y aprobar el programa de trabajo y el presupuesto del Instituto en base a las recomendaciones sometidas por el/la directora/a [del Instituto].
  • Efectuar recomendaciones, en la medida de lo adecuado, acerca de las actividades del Instituto.
  • Idear métodos que amplíen los recursos financieros del Instituto con miras a garantizar la eficacia de sus proyectos futuros.
  • Rendir informe de forma periódica al ECOSOC, y cuando proceda, a la Asamblea General.